* Por el voto de dos tercios de ambas cámaras del Congreso, seguido de la ratificación de tres cuartos de las legislaturas estatales. Este es el método de enmienda más común.
* Por una convención nacional, convocada por el Congreso a solicitud de dos tercios de las legislaturas estatales, seguida de la ratificación de tres cuartos de las legislaturas estatales. Este método sólo se utilizó una vez, en 1787, para adoptar la Declaración de Derechos.
El artículo V también establece que la Constitución no puede modificarse para abolir o alterar la representación igualitaria de los estados en el Senado sin el consentimiento de los estados afectados.