Formas de romper o vulnerar un tratado
1. Repudio expreso
Un Estado puede repudiar explícitamente un tratado declarando formalmente que ya no se considera vinculado por él, mediante una nota, comunicado o anuncio oficial.
2. Incumplimiento material
Se produce cuando un Estado no cumple con sus obligaciones o realiza actos que menoscaban gravemente el objetivo del tratado. Ejemplos: falta de cumplimiento, ejecución incompleta o interferencia con las disposiciones del acuerdo.
3. No ejecución
El Estado simplemente deja de cumplir sus deberes sin pronunciar un repudio. La falta de ejecución puede ser deliberada o deberse a incapacidad o falta de voluntad.
4. Cambio fundamental de circunstancias
Si se produce una transformación radical del contexto que dio origen al tratado, el Estado puede alegar que ya no está obligado. Este fundamento es de aplicación restringida y con requisitos estrictos.
5. Tratados o acuerdos posteriores
Un convenio posterior entre las mismas partes puede sustituir o modificar al anterior, según el principio de “lex posterior derogat priori”.
6. Conflicto con normas de ius cogens
Los tratados que contravengan normas imperativas del derecho internacional (ius cogens) pueden considerarse nulos y, por tanto, no vinculantes.
7. Imposibilidad de ejecución
Cuando el cumplimiento se vuelve imposible por causas ajenas al control del Estado, éste puede quedar exento de sus obligaciones.
La interpretación y aplicación de estas causales suele ser compleja y conlleva disputas entre las partes. Las consecuencias y remedios dependen de lo previsto en el propio tratado y en el derecho internacional.