Los representantes de la plebe, conocidos como tribunos de la plebe, eran magistrados electos exclusivamente por los plebeyos. Su principal facultad era el veto: podían anular cualquier propuesta legislativa del Senado o de otros magistrados que consideraran perjudicial o injusta para la clase plebeya.
Además, los tribunos podían convocar a la asamblea popular, presentar proyectos de ley y proteger a los ciudadanos mediante la intercesión directa.