Regulaciones oficiales
Las mujeres en el servicio militar pueden usar rastas, siempre que cumplan una serie de normas establecidas por la institución.
- El diámetro de cada rasta debe ser de al menos 0,25 pulgadas (≈ 0,6 cm) y no superar 1 pulgada (≈ 2,5 cm), medido en el cuero cabelludo con el cabello seco y sin peinar.
- No se permite adornar las rastas con cuentas, plumas, clips, peines u otros accesorios.
- Las rastas deben mantenerse limpias, ordenadas y sin pelos sueltos ni restos.
- Con el cuello extendido horizontalmente, las rastas no pueden bajar de la zona de los omóplatos.
- Si el cabello es más corto que los omóplatos, las rastas no deben exceder la longitud del cabello.
- Se permite recogerlas en moño o coleta siempre que estén bien sujetas y aseguradas.
Siempre es recomendable consultar la normativa específica de la rama militar correspondiente antes de adoptar este estilo.