Historia de Europa

Decreto de expulsión de los judíos.

Decreto de expulsión de los judíos. Los Reyes Fernando e Isabel, por la gracia de Dios, Reyes de Castilla, León, Aragón y otros dominios de la corona - al Príncipe Juan, a los Duques, Marqueses, Condes, órdenes religiosas y sus Maestros,... Señores de Castillos, Caballeros y todos los hombres y mujeres judíos de cualquier edad y a quien corresponda esta carta, salud y gracia para él.
Es bien sabido que en nuestros dominios hay algunos malos cristianos que se han judaizado y han cometido apostasía contra la santa fe católica, la mayoría causada por las relaciones entre judíos y cristianos. Por eso, en el año de 1480 ordenamos que se separara a los judíos de las ciudades y provincias de nuestros dominios y que se les asignaran sectores separados, esperando que con esta separación se remediara la situación existente, y ordenamos que la Inquisición en estos dominios; y en el plazo de 12 años ha funcionado y la Inquisición ha encontrado muchos culpables. Además, la Inquisición y otros nos informan del gran daño que persiste a los cristianos cuando se relacionan con los judíos, y a su vez estos judíos tratan por todos los medios de subvertir la Santa Fe Católica y están tratando de impedir que los cristianos creyentes acercándose más a sus creencias.
Estos judíos han instruido a aquellos cristianos en las ceremonias y creencias de sus leyes, circuncidando a sus hijos y dándoles libros de oraciones, y declarándoles los días de ayuno, y convocándolos para enseñarles las historias de sus leyes, informándoles cuándo son las festividades de la Pascua y cómo observarlas, dándoles el pan sin levadura y las carnes preparadas ceremonialmente, y dándoles instrucciones de las cosas de las que deben abstenerse en relación con la comida y otras cosas que requieren la siguiendo las leyes de Moisés, haciéndoles saber con pleno conocimiento que no hay otra ley ni verdad fuera de ésta. Y así deja claro basándose en sus confesiones de estos judíos a los mismos a quienes han pervertido que ha resultado en gran daño y detrimento a la santa fe católica, y como sabíamos el verdadero remedio de estos daños y dificultades estaba en interferir con toda comunicación entre los dichos judíos y los cristianos y enviándolos fuera de todos nuestros dominios, nos contentamos con ordenar si dichos judíos de todas las ciudades y pueblos y lugares de Andalucía donde al parecer habían hecho mayor daño, y creyendo que esto bastaría para que en aquellas y otras ciudades y pueblos y lugares de nuestros reinos y de nuestras posesiones se hiciera efectivo y dejaran de cometer lo antes dicho. Y porque se nos ha informado que nada de esto, ni el caso ni las justicias hechas para algunos de los judíos antes mencionados hallándolos muy culpables de los crímenes y transgresiones contra la santa fe católica antes mencionados, han sido un remedio completo para obviar y corregir estos crímenes y ofensas. Y a la fe y religión cristiana cada día les parece que los judíos aumentan en continuar con su maldad y daño objetivo a donde residen y conversan; y porque no hay lugar para ofender aún más nuestra santa creencia, como aquellos a quienes Dios ha protegido hasta el día de hoy y aquellos que han sido influenciados, es deber de la Santa Madre Iglesia reparar y reducir esta situación al estado anterior, debido Debido a la fragilidad del ser humano, puede suceder que sucumbamos a la tentación diabólica que lucha continuamente contra nosotros, de modo que, si la causa principal son los llamados judíos, si no se convierten, hay que expulsarlos de el Reino.
Porque cuando un crimen detestable y poderoso es cometido por algunos miembros de algún grupo es razonable que el grupo sea absuelto o aniquilado y los menores por los mayores serán castigados entre sí y los que lo permitan. los buenos y honestos en las ciudades y en los pueblos y por su contacto pueden dañar a otros deben ser expulsados ​​del grupo de personas y a pesar de razones menores serán perjudiciales para la República y la mayoría por la mayoría de sus crímenes serían peligrosos. y contagioso de modo que el Consejo de hombres y señores eminentes de nuestro reino y demás personas de conciencia y conocimiento de nuestro consejo supremo y después de mucha deliberación acordaron dictar que todos los judíos y judías deben salir de nuestros reinos y que nunca se les permitirá regresar.
Además ordenamos en este edicto que los judíos de cualquier edad que residan en nuestros dominios o territorios partan con sus hijos e hijas, sirvientes y parientes pequeños o grandes de todas las edades hasta finales de julio de este año y que no que no se atrevan a regresar a nuestras tierras y que no den un paso adelante para invadir de manera que si algún judío que no acepte este edicto es encontrado en estos dominios o regresa, será culpado de muerte y confiscación de sus bienes. .
Y hemos ordenado que ninguna persona en nuestro reino, independientemente de su estatus social, incluidos los nobles que se esconden o protegen, no defienda a un judío o una judía, ya sea pública o secretamente, desde finales de julio y meses posteriores en sus hogares o en cualquier otro lugar. en nuestra región con el riesgo de perder como castigo todos sus feudos y fortificaciones, privilegios y propiedades hereditarias.
Que los judíos puedan deshacerse de sus hogares y todas sus pertenencias dentro del plazo estipulado, por eso brindamos nuestro compromiso de protección y seguridad para que al finalizar el mes de julio puedan vender e intercambiar sus propiedades y muebles y cualquier otro artículo y disponer de ellos libremente a su discreción, que durante este período nadie les haga ningún daño, perjuicio o injusticia. estas personas o sus bienes lo cual sería injustificado y quien lo transgreda incurrirá en el castigo de quienes violen nuestra seguridad Real. br />Damos y concedemos permiso a los judíos y mujeres judías antes mencionados para llevar sus bienes y pertenencias fuera de nuestras regiones. posesiones por mar o por tierra excepto oro y plata, o moneda acuñada u otro artículo prohibido por las leyes del reino.
Así ordenamos a todos los concejales, corregidores, caballeros, guardias, funcionarios, buenos hombres de la ciudad de Burgos y a las demás ciudades y villas de nuestro reino y dominios, y a todos nuestros vasallos y pueblo, a respetar y obedecer esta carta y todo lo que contiene, y a dar la especie de auxilio y auxilio necesario para su ejecución, so pena de castigo de nuestro soberano. gracia y la confiscación de todos los bienes y propiedades para nuestra casa real y que esto sea notificado a todos y que ninguno pretenda ignorarlo, ordenamos que se proclame este edicto en todas las plazas y lugares de reunión de todas las ciudades y en las principales ciudades y pueblos de las diócesis, y hacerse por el heraldo en presencia del notario público, y que nadie ni nadie haga lo contrario de lo definido, sujeto al c testimonio de nuestra soberana gracia y a la anulación de sus cargos y confiscación de sus bienes a quienes hagan lo contrario.
Y ordenamos que sea acreditado y probado ante el tribunal con testimonio firmado especificando la forma en que se ejecutó el edicto
Dado en este ciudad de Granada a treinta y uno de marzo del año de nuestro Señor Jesucristo de 1492. Firmado yo el Rey, yo la Reina, y Juan de la Colonia, secretario del Rey y de la Reina, quien lo ha escrito por orden de Sus Majestades. Cortesía de SEFARAD


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