Historia de Sudamérica

¿Cómo cambia la sección 2 de la 14ª enmienda el censo respecto de la forma en que debía realizarse según el artículo 1 2?

La 14ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, ratificada en 1868, no altera ni menciona el censo decenal como se describe en el Artículo 1, Sección 2 de la Constitución .

El Artículo 1, Sección 2 establece:"[L]a enumeración se hará dentro de los tres años siguientes a la primera reunión del Congreso de los Estados Unidos, y dentro de cada período subsiguiente de diez años, de la manera que ellos indiquen, de los número de personas libres en cada Estado".