Historia antigua

Tratado de Lisboa

  • Desde el final de la Guerra Fría, la Unión Europea ha crecido considerablemente, pasando de 13 miembros en 1990 a 27 en la actualidad:3 nuevos países se adhirieron en 1995 (Austria, Finlandia y Suecia), 10 nuevos miembros en 2004 (Europa del Este países) así como otros 2 países en 2007.
  • Para poder absorber a todos estos nuevos miembros sin dejar de ser gobernable, la Unión Europea ha tenido que modificar sus instituciones desde el Tratado de Maastricht de 1992:
  • Tratado de Amsterdam de 1997 (entró en vigor en mayo de 1999):mantiene la estructura de 3 pilares y propone crear un espacio de libertad, seguridad y justicia. Establece el principio de "cooperación reforzada" (procedimientos que permiten a grupos de países avanzar más rápidamente si lo desean);
  • carta de derechos fundamentales de 2000:proporciona a la UE su propio sistema para la protección de los derechos fundamentales;
  • Tratado de Niza de 2001:modifica los métodos de toma de decisiones en el seno de las instituciones y establece un sistema de "doble mayoría cualificada".
  • Para unificar el derecho europeo y dar un nuevo paso en la construcción europea, se ha confiado un proyecto de Constitución europea a un grupo de trabajo (Convención sobre el futuro de Europa) dirigido por Valéry Giscard d'Estaing.
  • Este proyecto fue rechazado durante el referéndum de 2005 por Francia y los Países Bajos:este fracaso puede interpretarse por el temor de algunos países de avanzar demasiado bruscamente hacia una autoridad con voz federal y perder parte de su soberanía.
  • Una de las lecciones que se pueden aprender del fracaso del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa es que la integración política sólo puede lograrse con el máximo cuidado.

13 de diciembre de 2007

Tratado de Lisboa

Personajes

Valéry Giscard d'Estaing

Nicolás Sarkozy

Herman von Rompuy

Catherine Ashton

Procedimiento

El Tratado de Lisboa fue redactado por una conferencia intergubernamental, convocada durante el Consejo Europeo de junio de 2007. La ecuación política es entonces delicada, ya que es necesario tener en cuenta las preocupaciones de Francia y los Países Bajos derivadas del "no" de 2005. al mismo tiempo que se encuentran las fórmulas necesarias para continuar con la integración. Este tratado pretende compensar los fracasos del anterior. Se sugieren varios nombres:"minitratado" o "tratado simplificado" (Nicolás Sarkozy). El tratado se firmó finalmente el 13 de diciembre de 2007 y su entrada en vigor está prevista para el 1 de Enero de 2009. No entrará finalmente en vigor hasta el día 1 de Diciembre de 2009.

Se pueden mencionar varios puntos:

  • da personalidad jurídica a la UE y confiere a la Carta de los Derechos Fundamentales un valor jurídico equivalente al de los Tratados (si no se respetan sus principios, se pueden imponer sanciones);
  • reúne dos textos:el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;
  • suprime la estructura de “pilares” consagrada en el Tratado de Maastricht;
  • establece una presidencia permanente del Consejo Europeo, un alto representante de la política exterior (por no decir "ministro de Asuntos Exteriores";
  • refuerza el papel de los parlamentos nacionales (a través del principio de subsidiariedad);
  • aclara el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros y establece un derecho de iniciativa ciudadana.

Consecuencias

  • En realidad, el Tratado de Lisboa incorpora la mayoría de los avances contenidos en el proyecto de Constitución (organización de las instituciones, proceso de toma de decisiones), pero con más precauciones.
  • Sin embargo, introduce reservas y salvaguardias para intentar conciliar las preocupaciones de ciertos países que no quieren perder su soberanía en beneficio de la UE. El Tratado de Lisboa sustituye algunas nociones o símbolos con una connotación excesivamente federalista:la palabra "Constitución" desaparece, los símbolos de soberanía se eliminan (himno europeo, bandera europea aunque sigan existiendo), así como la referencia a la primacía de La Unión por encima de la de los Estados miembros ya no está consagrada en el Tratado.
  • Permite, por una precaución de redacción, la redefinición de la arquitectura de las instituciones hacia una mayor democracia y eficiencia.
  • Con la crisis de 2008, el Tratado de Lisboa sufrió cambios sustanciales para coordinar mejor las políticas presupuestarias.

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