1. Congreso:El Congreso de los Estados Unidos, formado por el Senado y la Cámara de Representantes, tiene la autoridad para proponer una enmienda. Una propuesta puede originarse en el Senado o en la Cámara, donde la resolución de enmienda debe ser aprobada por dos tercios de los votos de ambas cámaras.
2. Convención Constitucional:Una convención constitucional también puede proponer enmiendas. Una convención de este tipo podrá solicitarse mediante la aplicación de dos tercios de las legislaturas estatales. Las enmiendas propuestas por una convención constitucional requieren la ratificación de tres cuartos de las legislaturas estatales o tres cuartos de las convenciones celebradas en cada estado.