Existe un dicho popular que afirma: «Los clérigos saben más de mujeres que los hombres casados; si no fuera así, ellos también se casarían». Dejando a un lado la frase, que resulta algo despectiva para las mujeres que pasan por el altar, el juzgado civil o el registro civil, veamos cómo la cuestión del celibato ha sido tratada a lo largo de la historia de la Iglesia católica.
Los primeros siglos y el Concilio de Elvira
En los primeros siglos del cristianismo, hasta el Concilio de Elvira (principios del siglo IV, en la provincia de Granada), el celibato apenas se conocía. De hecho, San Pedro –considerado el primer Papa–, los apóstoles y casi todos los presbíteros estaban casados.
Se decidió prohibir a obispos, sacerdotes y diáconos contraer matrimonio o engendrar hijos; quien lo hiciera sería separado del honor del clero.
Prohibido dormir con la esposa la noche anterior a la celebración de la Misa.
Concilio de Nicea (325)
En este concilio se intentó ir un paso más allá.
Se prohibió el matrimonio después de recibir órdenes superiores; es decir, obispos, sacerdotes y diáconos no podían casarse tras la ordenación, aunque la ordenación de ya casados no estaba prohibida.
Se prohibió a los clérigos tener una mujer a su lado para el servicio, salvo madre, hermana, tía o cualquier persona que no suscite sospechas.
Concilios posteriores
En el Segundo Concilio de Cartago (390) se insistió en la continencia total:
Es apropiado que quienes sirven a los misterios divinos practiquen la continencia completa.
En el Primer Concilio de Toledo (400) se dictaron normas como:
El clérigo cuya esposa pecara tendría el poder de castigarla sin causarle la muerte, y no compartiría su mesa.
Si la viuda de un sacerdote o levita se vuelve a casar, sólo recibirá la comunión al final de su vida.
El Segundo Concilio de Tours (567) añadió:
Cualquier clérigo sorprendido en la cama con su esposa será excomulgado por un año y excluido del sacerdocio.
Dos monjes no podrán dormir en la misma cama.
En el Tercer Concilio de Toledo (589) se dictó que:
Las esposas de clérigos que cometieron adulterio serían vendidas como esclavas, y el precio se entregaría a los pobres.
El Sínodo de Pavía (1018) prohibió a los clérigos legar bienes eclesiásticos a sus descendientes. El Papa Nicolás II ordenó la excomunión de sacerdotes casados que no repudiaran a sus esposas y prohibió a laicos participar en misas celebradas por ellos; esta práctica llegó a conocerse como nicolaismo, es decir, la convivencia o matrimonio de clérigos.
En el Sínodo de Melfi (1089), el Papa Urbano II impuso la esclavitud de las esposas de los sacerdotes y el abandono de sus hijos.

Concilio de Letrán I (1123)
El fundamento del celibato tal como lo conocemos hoy se estableció en el Concilio de Letrán I, convocado por el Papa Calixto II.
Se prohibió el matrimonio para sacerdotes, diáconos, subdiáconos y monjes. También se prohibió mantener concubinas y la estancia en casas de mujeres distintas a las admitidas por el Concilio de Nicea. Los matrimonios válidos de clérigos son nulos; quienes los celebraron son declarados pecadores y obligados a confesarse.
Confirmación en el Concilio de Trento (1545‑1563)
El celibato clerical se reafirmó en el Concilio de Trento, que ordenó la creación de seminarios especializados para la formación de sacerdotes y confirmó la obligatoriedad del celibato. La Iglesia ofrece dos explicaciones:
- Espiritual: los clérigos deben consagrarse exclusivamente a Dios.
- Económica: evitar que un obispo casado legara los bienes de la Iglesia a sus hijos.
Curiosidades
Al revisar la vida de los papas, se encuentran casos de papas casados, papas con hijos, papas hijos de papas y papas hijos de sacerdotes.
Fuente: "Of the human and the divine Image" – Alfierro