El Código de Hammurabi (c. 1754‑1792 a.C.) contenía algunas disposiciones que protegían a las mujeres, aunque estas eran mucho más limitadas que las que disfrutaban los hombres. A continuación se presentan los principales derechos y garantías que la legislación babilónica reconocía a las mujeres.
Derechos de propiedad
Las mujeres podían poseer y heredar bienes inmuebles, objetos móviles y esclavos. No obstante, dichos derechos estaban sujetos al control de su esposo o padre, y no podían disponer libremente de sus propiedades sin su autorización.
Divorcio
En ciertos casos, como la impotencia del marido, el abandono o conductas inmorales, la mujer podía solicitar el divorcio. El proceso requería testigos y seguía procedimientos legales, lo que lo hacía complejo.
Protección contra el maltrato
El código establecía sanciones para los hombres que agredieran o lesionaran a una mujer. Por ejemplo, si un hombre golpeaba a una mujer embarazada y provocaba un aborto, debía pagar una multa. Sin embargo, estas penas eran generalmente menos severas que las aplicadas a la violencia contra hombres.
Derechos conyugales
Las mujeres tenían derecho a recibir la dote (precio de novia), a exigir fidelidad del esposo y a conservar ciertos bienes en caso de disolución del matrimonio.
Capacidad jurídica
Se reconocía a las mujeres como sujetos legales capaces de celebrar contratos, incluidos matrimonios, acuerdos de propiedad y préstamos. Su capacidad estaba limitada y, en muchos casos, necesitaban la intervención de un tutor masculino para realizar transacciones importantes.
En conjunto, aunque la legislación babilónica ofrecía algunas protecciones, los derechos y libertades de las mujeres permanecían considerablemente restringidos en comparación con los de los hombres.