Introducción
El derecho romano permitía el divorcio, pero durante la Edad Media la práctica quedó prohibida casi en su totalidad, salvo algunas excepciones. La transformación estuvo vinculada a la cristianización del matrimonio y a la interpretación de pasajes bíblicos como “Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre” (Mt 19:6).
Indisolubilidad del matrimonio
Los primeros concilios eclesiásticos rechazaron cualquier argumento secular que justificara la ruptura, como la ausencia prolongada o el encarcelamiento del cónyuge. San Agustín desarrolló la teoría de la “irresolubilidad” del matrimonio, mientras que San Ambrosio subrayó que divorciarse para contraer otro matrimonio constituía adulterio.
La Iglesia consideró el divorcio un pecado venial, no mortal, pero no encontró solución para los matrimonios repetidos tras una infidelidad, a diferencia de algunas leyes bárbaras que castigaban a la mujer y exoneraban al hombre.
Excepciones a la regla
Aunque la doctrina eclesiástica chocaba con las leyes romanas y germánicas, los sínodos de los primeros siglos medievales apenas combatieron el divorcio y sus intentos fueron poco eficaces. Algunas fórmulas legales admitían la separación cuando “no había amor” entre los cónyuges, permitiendo a cada uno entrar al monacato o contraer un nuevo matrimonio.
El sínodo de Agde (506) exigía que el esposo presentara el caso ante el obispo antes de expulsar a su esposa, aunque la norma fue ignorada. Otros sínodos (Compiègne 757, Verber 758‑768) reconocieron causas “justificadas” como lepra, conspiración para matar al cónyuge, esclavitud o ingreso al clero.

¿Quién introdujo la prohibición del divorcio?
En la juventud, Carlomagno despidió a una concubina para casarse con la princesa lombarda, y un año después la divorció por esterilidad. A finales del siglo VIII, bajo presión episcopal, promulgó leyes que prohibían el divorcio por cualquier motivo, aunque él mismo se casó tres veces más, manteniendo la monogamia hasta la muerte de cada esposa.

Su hijo, Luis I el Piadoso, reforzó la prohibición y, durante su reinado, los sínodos declararon que la infidelidad no era motivo suficiente para disolver el matrimonio.
La razón siempre se encontrará
En 858, el rey de Lorena, Lotario II, quiso divorciarse de su esposa estéril Teutberga para casar a su antigua concubina Waldrada y legitimar a sus hijos. Acusó a Teutberga de incesto con su hermano Hubert y de abortos secretados. El caso provocó una larga disputa eclesiástica que duró ocho años, con varios sínodos que anularon y luego restablecieron el matrimonio.
El primer divorcio real de la alta nobleza
El conflicto entre Lotario y Teutberga mostró que, más allá de los argumentos morales, el motivo político —garantizar un heredero legítimo— era el motor principal. Los sínodos de Aquisgrán (862) y Metz (863) emitieron sentencias contradictorias, y el Papa Nicolás I intervino, ordenando la restitución de Teutberga.

Nueva célula social básica
El arzobispo de Reims, Hincmar, rechazó todas las causas de divorcio aceptadas anteriormente (enfermedad, infertilidad, brujería, encarcelamiento, monacato o adulterio). Solo consideró nula la unión cuando el matrimonio había sido contra la ley.
Su posición fortaleció la visión del matrimonio como sacramento irrevocable, similar al bautismo, y favoreció la evolución del concepto de familia de una alianza patrimonial a una unidad basada en el consentimiento mutuo y la afectividad.
Fuente
Extracto del libro Experience Love in the Middle Ages de Frances y Joseph Gies, publicado por la editorial Znak Horyzont.