Historia de Europa

Impuesto de circulación, impuesto de soltería, impuesto de orina… en la Antigua Roma

Decía Benjamín Franklin «nada es seguro, excepto la muerte y los impuestos «; del primero nada que añadir y del segundo... este artículo para confirmar que Franklin tenía toda la razón. Vamos a ver algunos de los impuestos que debían soportar los romanos en tiempos de la República y el Imperio. Algunos ejemplos de impuestos indirectos (aquellos que pagamos todos independientemente de nuestra capacidad económica) nos ayudarán a comprobar que algunos impuestos nos han acompañado a lo largo de la historia, otros desaparecieron porque las empresas o bienes gravados también lo hicieron e incluso se han recuperado algunos que parecían olvidados.

Impuesto de circulación, impuesto de soltería, impuesto de orina… en la Antigua Roma

  • Portorio . Es el impuesto que los comerciantes pagaban a la entrada de las ciudades para poder vender sus productos. Asimismo, se aplicaba a los comerciantes cuando llegaban con sus mercancías a los puertos o al cruzar determinadas fronteras. El monto dependía del tipo de carga y de la cantidad transportada. Siglos más tarde, en los reinos de Castilla y Aragón, todavía se aplicaba este impuesto con el nombre de portazgo. .
  • Rotario Vectigal . Impuesto de circulación de vehículos -autos-. Se supone que se gravaba el uso de las vías romanas y lo recaudado se destinaba a su conservación -todas las que conducían a Roma-.
  • Vicesima Hereditatum . A través de la Lex lulia Vicesima Hereditatum , Augusto creó este nuevo impuesto a las herencias. Una vigésima parte del valor de la herencia debía ingresarse en las arcas del Estado, descontando los gastos funerarios, cuyos beneficios se utilizaban para pagar la jubilación de los veteranos de la legión. Eso sí, tenía algunas excepciones:los familiares directos (padres, hijos, hermanos...) estaban exentos de su pago y además, como ocurre hoy en día, había un mínimo exento que, en tiempos de Augusto, era de 100.000 sestercios. , pero sólo aplicable a ciudadanos de pura sangre de Roma. Las exenciones y el mínimo exento se modificaban en función de la voluntad del emperador de turno.
  • Orina vectigal . Impuesto a la orina creado por Vespasiano.
  • Centesima rerum venalium oVectigal rerum venalium . Establecido por Augusto para sufragar los gastos militares, se debía pagar la centésima parte del precio de venta de tierras, casas, animales... Si la mercancía era esclava, se pagaba la vigésima quinta parte de su valor, que debía pagar el vendedor. pero que pasó al comprador (Quinta y vicesima venalium mancipiorum ).
Impuesto de circulación, impuesto de soltería, impuesto de orina… en la Antigua Roma

Mercado de esclavos (1888) – Gustave Boulanger

  • Vicesima Libertatis . Este tributo consistía en el pago de una vigésima parte del valor del esclavo cuando éste era puesto en libertad (manumisión). Fue establecido en el 357 a.C. por el cónsul Manlio Capitolino a través de la Lex Manlia

    Este cónsul no hizo nada notable, salvo la presentación de una ley a los soldados, en una innovación sin precedentes, en el campamento de Sutrio, para que las tribus la votaran, relativa a un impuesto del cinco por ciento de las manumisiones. . Los senadores, como disponía una ley similar, cuando estaban de escasos recursos, una renta nada despreciable, la ratificaban» (Tito Livio).

    Además de obtener ingresos extra, Manlio intentó limitar la liberación de esclavos (llamados libertos ) para que la demanda de servicios y suelo no aumente en Roma.

  • Quadragésima Litio . La justicia en Roma no era universal… ni gratuita. Se determinó el objeto del litigio y se realizó su valoración (por acuerdo entre las partes o por arbitraje de terceros), así como las costas del proceso mismo. La parte sentenciada por el tribunal debía pagar la cuadragésima parte del valor del objeto del litigio y las costas.

Y echando un poco de imaginación, podemos establecer una correlación entre nuestra carga fiscal y la de Roma:Portorium , aranceles y aduanas; Rotario Vectigal , impuesto de circulación; Vicesima Hereditatum , impuesto a la herencia; Centesima rerum venalium, impuesto de transferencia de propiedad; Quinta y vicesima venalium mancipiorum, IVA sobre la esclavitud;Quadragesima Litium, tasas judiciales De la orina vectigal, Es mejor no hablar... no sea que nos lea algún político.

De regalo os dejo uno muy curioso:Aes Uxorium, el impuesto único. Los hombres que llegaban a cierta edad sin estar casados ​​tenían que pagarlo… además de tener que casarse con las viudas de los soldados muertos en combate.

Fuentes:UNED, Universidad de Salamanca, Historia Fiscal de la Hispania Romana – José M. Piñol


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