Historia antigua

Desarrollo constitucional del comunalismo (4)

Desarrollo constitucional del comunalismo (4)

Pacto de Poona entre Gandhi y Ambedkar

Gandhiji se opuso firmemente al Premio Comunal, sobre todo a las disposiciones que separaban a los dalits de los hindúes, y emprendió una huelga de hambre que terminó el 20 de septiembre de 1932. El Dr. Ambedkar calificó esa huelga como una "astucia política" y la describió como un intento de presionar para que se cumplieran sus demandas.

Cuando la salud de Gandhi empezó a deteriorarse, los dirigentes del Congreso lograron un acuerdo con Ambedkar el 26 de septiembre de 1932, conocido popularmente como el Pacto de Poona. Con este pacto se eliminó la parte controvertida del Premio Comunal y Ambedkar consiguió el doble de escaños para los dalits en los órganos legislativos.

Ambedkar mantuvo disputas tanto con Gandhi como con Muhammad Ali Jinnah sobre la solución al problema indio, llegando a afirmar que "ambos líderes deberían estar separados de la política india".

Dominio de las minorías sobre los hindúes en la Ley de Gobierno de la India de 1935

Tras las tres Conferencias de la Mesa Redonda en Londres y la arbitraje comunal, se promulgó una nueva constitución para la India, conocida como la Ley de Gobierno de la India de 1935. Esta sustituyó a la Ley de Gobierno de la India de 1919 y contenía las siguientes disposiciones principales:

  • Birmania (actual Myanmar) se separó de la India.
  • Se crearon dos nuevas provincias: Orissa y Sind.
  • Se estableció una Unión de toda la India que incluía tanto a las provincias como a los estados principescos.
  • Las provincias recibieron autonomía para su autogobierno.
  • Las materias de gobierno se dividieron en tres categorías:
    1. Materias de la Unión (competencia del centro).
    2. Materias provinciales (competencia exclusiva de las provincias).
    3. Materias concurrentes (competencia compartida; en caso de conflicto prevalece la legislación central).
  • El Parlamento federal se constituyó con dos cámaras.
  • La Cámara de la Asamblea (cámara baja) tendría 375 escaños: 250 para la India británica y 125 para los estados nativos.
  • Distribución de los 250 escaños de la India británica en la Cámara de la Asamblea:
    • 105 escaños generales.
    • 19 para clases atrasadas.
    • 82 para musulmanes.
    • 6 para sijs.
    • 4 para anglo‑indios.
    • 8 para europeos.
    • 8 para cristianos indios.
    • 11 para industriales.
    • 7 para terratenientes.
    • 10 para representantes laborales.
    • 9 para mujeres.
  • El Consejo de Estado (cámara alta) contaría con 260 escaños: 156 para la India británica y 104 para los estados nativos.
    • De los 156 escaños de la India británica: 75 generales, 6 para clases atrasadas, 4 para sijs, 49 para musulmanes y 6 para mujeres.

Fin del capítulo