¿Qué relaciones se consideraban incesto en la Edad Media?
Desde la Antigüedad, el matrimonio entre parientes cercanos ha sido un tema delicado. Las normas que regulaban la consanguinidad entre cónyuges cambiaron drásticamente a lo largo de los siglos, y la Iglesia medieval se interesó profundamente por definir qué relaciones eran lícitas y cuáles pecaminosas.
Como explican Frances y Joseph Gies en su libro Experience Love in the Middle Ages:
Algunas sociedades no reconocen a los hijos ilegítimos como miembros de la familia; otras sí. En ciertos contextos, la adopción o los lazos espirituales (padrinos, juramentos fraternales) se consideran tan vinculantes como los lazos sanguíneos y están sujetos a las mismas prohibiciones matrimoniales.
En la práctica medieval, la Iglesia buscó evitar los matrimonios entre parientes cercanos, aunque sus decisiones a veces resultaron absurdas desde el punto de vista genético moderno.
Primeras prohibiciones: de la ley romana a los sínodos
Antes de la intervención eclesiástica, la ley romana prohibía los matrimonios entre personas con un parentesco más cercano que el cuarto grado, pero permitía la unión entre primos. En el sínodo de Agde (6.º siglo), la Iglesia amplió la prohibición, incluyendo también a los primos segundos (hijos de primos). El Papa Gregorio I justificó la medida diciendo: «Sabemos por experiencia que de tales matrimonios no nacen hijos».
Posteriormente, la Iglesia añadió una larga lista de prohibiciones contra los llamados "parientes por afinidad" (suegros, cuñados, hijas‑yernos, etc.). El Concilio de París (c. 557) declaró: «Los matrimonios con la viuda de un hermano, con la suegra, con la nuera, con la tía, están prohibidos».
El poder real y sus trampas
Los reyes y nobles a menudo buscaban alianzas matrimoniales con parientes cercanos por razones políticas y patrimoniales. Ejemplos notables son el rey franco Khlotar I, que se casó con la viuda de su hermano y luego con la hermana de su esposa, o el visigodo Liuvigild, que tomó a su cuñada viuda como esposa.
Aunque los monarcas podían intentar eludir las prohibiciones, la presión eclesiástica fue tan fuerte que, en 596, el rey Childeberto II instituyó la pena de muerte para quienes se casaran con la viuda de su hermano o con su madrastra viuda.
Los textos canónicos del siglo VII ya distinguían tres categorías de parentesco: algunos primos podían casarse, otros estaban prohibidos, y los parientes más cercanos requerían anulación.
Castigos y penitencias
Cuando la amenaza de muerte no bastaba, la Iglesia imponía penitencias eternas. Los libros de penitencia especificaban castigos como peregrinaciones de tres años o abstinencia sexual prolongada. Por ejemplo, en el Penitencial de Cummean se indica que quien tenga relaciones con su madre debe cumplir una penitencia de tres años y una peregrinación de por vida; el Penitencial de Teodoro eleva la pena a quince años o siete años de peregrinación continua.
Curiosamente, ninguno de estos textos menciona la relación padre‑hija, aunque el antropólogo Robin Fox señala que era la forma más frecuente de incesto en la antigüedad.
Parentesco espiritual: padrinos y bautismo
En el siglo VII, la Iglesia amplió la prohibición al llamado "parientes espirituales": padrinos y ahijados. El misionero inglés Bonifacio‑Winfrid protestó contra esta extensión, argumentando que, por bautismo, todos los cristianos son hijos de Cristo y, por tanto, hermanos en la Iglesia.
En el siglo IX, se modificó el método de cálculo del parentesco. Antes, se sumaban los grados en ambas líneas hasta el ancestro común; la nueva regla contaba solo la línea más larga, lo que convirtió a primos de cuarto grado en parientes de segundo grado, y cualquier persona con un tatarabuelo común quedó considerada incestuosa.
¿Por qué tantas restricciones?
Según Frances y Joseph Gies, la proliferación de prohibiciones pudo haber sido una estrategia deliberada de la Iglesia para limitar la capacidad de la aristocracia de producir herederos y, de ese modo, favorecer la transmisión de patrimonios a la Iglesia mediante testamentos. El antropólogo británico Jack Goody propuso esta teoría en 1983.
Otra explicación más pragmática sugiere que, aunque las normas eran estrictas, rara vez impedían matrimonios entre parientes lejanos; simplemente servían como disuasión y como herramienta política para anular alianzas indeseables.
Bibliografía
- Frances Gies, Joseph Gies, Experience Love in the Middle Ages, Horizon 2022.
- Frances Gies, Joseph Gies, The Life of a Medieval Family, Horizon 2020.
- Aneta Pieniądz, Incest in the Early Medieval Society, Przegląd Historyczny 98/3, 351‑367.